Cómo echar a los okupas de casa

La okupación ilegal de inmuebles ha crecido un 50% de 2016 a 2020. No pretendo asustarte, sólo describir la realidad que nos toca vivir. Irte de casa un par de días, volver y ver que hay alguien en el interior. Te seré franco, las probabilidades de que suceda no son muy grandes. Pero el riesgo siempre está ahí, y si sucede, seguro que lo lamentas. Lo más probable es que no sepas por dónde empezar ni cómo echar a los okupas de casa.

En este artículo encontrarás:

 

Cómo echar a los okupas de casa en 2023

Hay dos vías principales. La legal y la que no lo es tanto, por así decirlo. En este artículo me voy a centrar en la vía legal, que es la que recomiendo. Las alternativas podrían resultar contraproducentes, y traerte más problemas.

La vía legal ha cambiado en los últimos tiempos. Dado que la ocupación es un problema creciente, el Gobierno ha cambiado la legislación aplicable a este tipo de delito. La última actualización es de septiembre de 2020.

Antes de seguir, hay que aclarar un concepto: la morada. La morada es, jurídicamente, el local o espacio físico donde una persona habita, protege su vida privada y ejerce su facultad de exclusión respecto a terceros. Puede incluir, y esto es importante, la residencia habitual o segundas residencias.

Es decir, que una segunda residencia que permanezca vacía durante buena parte del año sigue siendo morada, con lo cual en caso de ocupación cuando se encuentre vacía se consideraría delito de allanamiento de morada.

Este concepto es importante, dado que la manera de proceder será muy distinta si la vivienda ocupada es morada o no lo es.

Diferencia entre usurpación y allanamiento de morada

allanamiento morada

Esta distinción es fundamental para poder establecer el curso legal a seguir. La usurpación se da cuando ocupan inmuebles vacíos, mientras que el allanamiento de morada se da en caso de irrupción en un inmueble que constituye morada, habitualmente vacío.

Aquí te dejo una tabla resumen con las diferencias entre los dos tipos de delito:

UsurpaciónAllanamiento de morada
El inmueble es moradaNo
El inmueble puede estar vacío en el momento de la ocupación
Violencia o intimidaciónNo
PenasMulta de 3 a 6 mesesPrisión de 6 meses a 2 años
Desalojo inmediatoNo*

 

Es decir, simplificando mucho: es usurpación cuando se cuelan en un piso o local vacío, mientras que sería allanamiento si entran en tu casa habitual, aunque en ese momento los residentes estén fuera.

*Desde septiembre de 2020, podría aplicar desalojo cautelar si el delito es reciente.

Pasos a seguir para echar a los okupas

1. Denuncia

En cuanto detectes que alguien ha entrado en tu casa, denuncia sin dudarlo. Retrasarse en la denuncia favorece siempre a los okupas. Denunciar ante la Guardia Civil, la Policía Nacional o la policía autonómica si procede es el primer paso que tienes que dar.

2. ¿Usurpación o allanamiento?

Con anterioridad a la última reforma penal, había un plazo de 48 horas para desalojar en caso de usurpación. Ahora se ha eliminado, pero se mantiene la potestad de la policía de desalojar a los usurpadores si el delito es reciente… con la ambigüedad que ello supone.

En el caso de un allanamiento de morada, la expulsión y detención de los perpetradores debe ser inmediata.

Aquí la clave es certificar que se trata de tu residencia habitual ante la policía. Dado que los intrusos probablemente no puedan demostrarlo, tienes las de ganar rápido.

3. En caso de usurpación, ir a juicio

En caso de que se haya ocupado un inmueble del que eres propietario pero que no constituye tu morada, el procedimiento no es tan rápido como en caso de allanamiento.

Tradicionalmente, se tiene que llevar a juicio a los presuntos autores de usurpación, con la demora que ello supone. Aunque durante los últimos tiempos se ha intentado cambiar la legislación, los avances son muy tímidos.

La saturación del sistema judicial implica que estos casos se prolonguen durante meses, con los costes que ello supone para el propietario.

manifestacion echar okupas

4. Un consejo: no tomarte la justicia por tu mano.

Te recomiendo que jamás intentes tomarte la justicia por tu mano, porque sólo puede traerte consecuencias negativas. Encararte con los okupas, amenazarlos o acceder violentamente al inmueble puede hacer que acabes con una denuncia… que hasta podría prosperar.

En los últimos años han proliferado empresas que ofrecen a los propietarios el servicio de expulsar a los okupas. Mi consejo es que te pienses muy bien el contratar una empresa de este tipo si estás en esta situación.

Podría pasar que la empresa en cuestión no emplee métodos enteramente legales para lograr que los okupas dejen el inmueble, lo cual te pondría en una situación delicada si los ocupantes interponen acciones legales contra la empresa o contra ti.

En cuanto a pagar a los okupas para que se vayan, dependerá de la urgencia que tengas por recuperar el inmueble y lo mucho que quieras arriesgar. Estos acuerdos suelen ser verbales, y nada garantiza que vayan a cumplir su palabra.

 

Conclusión

En resumen, el echar a los okupas de casa en ningún caso es la situación en la que querrías encontrarte. Yo siempre digo que es mejor prevenir que curar, con lo que es mucho mejor invertir en evitar que entren que en intentar echarlos. En este artículo te hablo de diferentes medidas para evitar que accedan a tu vivienda.

¿Qué te ha parecido este post? Déjame un comentario si te parece bien, y me ayudarás a seguir y mejorar. Nos vemos en Tu Área Segura.

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